Siniestro o Accidente Maritimo (concepto OMI)
Evento que ha tenido como resultado:
- La muerte o lesiones graves de una persona, causadas por las operaciones de un buque o en relación con ellas; o
- La pérdida de una persona que estuviera a bordo, causada por las operaciones de un buque o en relación con ellas; o
- La pérdida, presunta pérdida o abandono de un buque; o
- Daños materiales graves sufridos por un buque; o
- La varada o avería importante de un buque, o la participación de un buque en un abordaje; o
- Daños materiales graves causados por las operaciones de un buque o en relación con ellas; o
- Daños graves al medio ambiente como resultado de los daños sufridos por uno o varios buques, causados por las operaciones de uno o varios buques o en relación con ellas.
- Siniestro muy grave: el sufrido por un buque con pérdida total de éste, pérdida de vidas humanas o contaminación grave.
- Siniestro grave: aquel que sin reunir las características del “siniestro muy grave” entraña
En que documento de la OMI se encuenatra esta definicion
ResponderEliminarResolucion OMI A849(20)
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